23 de enero de 2015

Compulsas en materia de Seguridad Privada,

Según la Resolución de 11 de marzo de 1997 de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil sobre compulsas de documentos que hayan de surtir efectos en materia de Seguridad Privada, corresponde realizar las compulsas a los siguientes órganos:
  • Las Secretarías Generales de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales.
  • La Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana y las distintas Unidades responsables de este área en los órganos territoriales.
  • La Unidad encargada de la gestión de procesos selectivos de habilitación de personal de seguridad privada de la División de Formación y Perfeccionamiento.