25 de noviembre de 2015

Seis meses de cárcel por lesiones para un estudiante detenido durante la huelga contra la Lomce

El juzgado le ha impuesto también la obligación de pagar una multa de 780 euros y más de 14.500 euros en indemnizaciones
El juzgado de la Penal número 1 de Jaén ha condenado a seis meses de prisión por un delito de atentado, dos de lesiones y otro leve de años al estudiante detenido en la huelga general convocada en mayo de 2013 anteproyecto de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce). También le ha impuesto la obligación de pagar 780 euros en multas y más de 14.500 en indemnizaciones.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, la juez considera probado que todo empezó en torno a las 13.00 horas del 9 de mayo del citado año, cuando ya estaba finalizada la manifestación que llevó a los estudiantes desde el Campus de las Lagunillas hasta la plaza de las Batallas, donde se encuentra la Subdelegación del Gobierno central.
Varios agentes de la Policía Nacional procedieron a identificar al joven, Ángel G.G., que respondía a las características del responsable de un incidente previo que había tenido lugar en la Universidad y en el que había resultado herido un vigilante de seguridad. Tras requerirle la documentación, el estudiante se negó "para después tirar la documentación al suelo". Un agente entonces se agachó a recogerla, "momento en que el acusado le propinó un puñetazo en el pecho y posteriormente una patada".
Otros dos agentes acudieron en auxilio de su compañero. Uno sufrió lesiones en un dedo y el otro recibió una patada al intentar reducir al joven, que finalmente fue introducido en un vehículo policial con ayuda de dos agentes de la Policía Local. Una vez dentro, "el acusado propinó fuertes patadas al mismo ocasionando daños que han sido tasados en 160 euros".
Como consecuencia de estos hechos, el primer policía "sufrió lesiones consistentes en fractura del meleolo peroneo, rectificación cervical y fractura del cuarto arco costal anterior izquierdo, para cuya sanidad requirió, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico quirúrgico". De acuerdo con la sentencia, tardó en curar 180 días, de los cuales uno de ellos fue de hospitalización y 138 de incapacidad; le han quedado secuelas tales como "material de osteosíntesis, limitación de movilidad y perjuicio estético ligero".
Por todo ello, la titular del juzgado considera al joven, que ahora tiene 22 años, culpable de un delito de atentado, dos de lesiones y uno leve de daños. Por el primero le impone seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. Por los delitos de lesiones tiene que pagar 720 euros de multa y otros 60 por el de daños. Todo con intereses, y asumiendo las costas. La sentencia es recurrible.